Aún pendientes de un análisis profundo de todos los acontecimientos, la campaña de verano acaba tal y como comenzó, fuertemente marcada por la aún tímida aplicación de la Ley de Emprendimiento y, por lo tanto, del Reglamento de Policía de Espectáculos públicos y Actividades recreativas.

 

El que se preveía un verano marcado, salvo honrosas excepciones, por los ya tradicionales  incumplimientos de las más básicas normas de prevención y seguridad en los festivales, romerías o festejos populares, se vio sacudido por la inesperada aplicación de un reducido número de ayuntamientos de los requerimientos de la nueva Ley de Emprendimiento, aprobada en diciembre del pasado año.

La prensa comercial, pronto se hizo eco de las dificuldades de las Comisiones de Fiestas para dar cumplimento a las nuevas exigencias y los que afirmaban que el modelo de la fiesta gallega estaba en serio peligro de desaparición.

 

Lo cierto, y ya con capacidad para analizar el conjunto de la temporada, podemos afirmar que los temores de las grandes casas de representación gallega eran infundados. Son varios los factores que golpean el modelo de festejo popular gallego y, podemos afirmar sin temor a equivocarnos, que la tímida aplicación de los mínimos requerimientos de seguridad exigibles no provocó, por lo menos como elemento central, la anulación de ninguna fiesta, festival o romería.

 

Acabada la temporada, y a la espera de esa reflexión más profunda, consideramos obligado hacer públicas algunas reflexiones que extraemos de la experiencia previa la Ley de Emprendimiento en la prevención en este tipo de eventos, consolidada como consecuencia de su aplicación:

 

  • La Ley de Emprendimiento no acercaba deberes nuevos a los espectáculos públicos y actividades recreativas, unicamente puso en valor un olvidado, por lo menos en el referente a las fiestas, Reglamento de Policía de Espectáculos públicos y Actividades recreativas.
  • Dicho Reglamento fue aprobado hace ahora 32 años. Las reacciones provocadas por la tentativa de reclamar su aplicación ponen en evidencia el escaso recorrido de la norma y, por lo tanto, de la cultura de la prevención.
  • Es cierto que buena parte de las fiestas  y romerías que se organizan a lo largo del verano son modestas y no pasan de unos pocos cientos de asistentes, pero no negaremos que el modelo de fiesta con orquesta se ha convertido en un auténtico fenómeno social que provoca a concentraciones de público de miles de personas, varias veces en cada semana a lo largo de nuestra geografía.
  • El festejo popular, la romería o el festival, aún los más modestos, son eventos en los que concurren una enorme variedad de riesgos para los profesionales y el público asistente. Sabiendo escalonar las necesidades de cada uno de ellos, insistimos en la necesidad de evaluar riesgos, proponer medidas para enfrentarlos y supervisar la actuación de los profesionales intervinientes.
  • En este contexto en el que el flagrante incumplimientos de los requisitos de seguridad incluidos en normativa consolidada recaía en Comisiones y Asociaciones, unicamente pertrechadas por pólizas de responsabilidad civil que se convertirían en papel mojado en el caso de accidentes provocados por la no observancia de los requisitos que deberían ser obligatorios para obtener la pertinente licencia del evento.

 

Aún que insistimos en que la aplicación de la Ley de Emprendimiento fue tímida, sin lugar a dudas, asistimos a un ensayo general del que debe ser un salto en los requerimientos de seguridad de nuestras fiestas y festivales. Sólo la orientación que la administración autonómica le dé a la anunciada Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas y la voluntad de los ayuntamientos por aplicar el sentido común dirá si únicamente se trató de un espejismo o el inicio del camino hacia unas fiestas seguras.